Aprobado el cannabis medicinal en España: Guía de la nueva ley

Elizabeth Erhardt
07 Oct 2025

Hoy es un día histórico para miles de pacientes en España. Tras años de debate y espera, el Gobierno ha aprobado finalmente el Real Decreto que regula el uso del cannabis medicinal en España. La medida, publicada por el Ministerio de Sanidad el 7 de octubre de 2025, abre la puerta al uso terapéutico de preparados de cannabis en el Sistema Nacional de Salud, aunque bajo condiciones muy estrictas. Este es un primer paso trascendental, pero que genera tantas preguntas como certezas. En esta guía completa de Soft Secrets, no solo te explicamos las claves de la nueva normativa, quién podrá acceder, para qué enfermedades y cómo, sino que también analizamos la letra pequeña, las limitaciones del modelo elegido y lo que significa realmente para la comunidad cannábica.


¿Qué cambia exactamente con el nuevo real decreto? Claves para entenderlo

La nueva normativa no legaliza el cannabis, sino que crea un marco muy específico para su uso terapéutico controlado. El objetivo, según el Ministerio de Sanidad, es ofrecer una alternativa segura y con evidencia científica a pacientes que no responden a los tratamientos convencionales. Para evitar confusiones, estos son los puntos clave que definen el nuevo sistema:

  • Dispensación exclusiva en hospitales: Olvídate de las farmacias de la calle. Los preparados de cannabis se dispensarán únicamente a través de los servicios de farmacia hospitalaria.
  • Prescripción por especialistas: No bastará con la receta de un médico de cabecera. La prescripción deberá ser realizada por médicos especialistas en el contexto de las patologías aprobadas.
  • Fórmulas magistrales controladas: No se dispensará la flor de cannabis ni aceites comerciales. Se utilizarán preparados estandarizados y fórmulas magistrales elaboradas bajo estrictos controles farmacéuticos para garantizar la calidad y la dosificación.
  • Registro central de pacientes: Se creará un registro para evaluar los resultados del tratamiento y hacer un seguimiento de los pacientes que utilicen estas terapias.

 

Guía práctica: Quién puede acceder al cannabis medicinal y cómo

Esta es la parte fundamental que deben entender los pacientes y sus familias. El acceso está muy acotado y sigue un camino estrictamente sanitario y hospitalario.

 

Las patologías aprobadas para el uso de cannabis medicinal

Inicialmente, el gobierno ha limitado el uso de cannabis medicinal a un grupo concreto de dolencias para las que existe una evidencia científica sólida. Estas son:

  • Dolor crónico refractario, incluido el dolor oncológico que no responde a otros tratamientos.
  • Espasticidad en pacientes con esclerosis múltiple.
  • Algunas formas de epilepsia refractaria, como en el síndrome de Dravet o Lennox-Gastaut.
  • Náuseas y vómitos inducidos por la quimioterapia.

Es importante destacar que el Real Decreto deja la puerta abierta a la inclusión de nuevas indicaciones terapéuticas en el futuro, siempre que cuenten con el aval de la evidencia científica.

 

El camino del paciente: prescripción y dispensación paso a paso

El proceso para obtener un tratamiento con cannabis será el siguiente:

  1. Derivación al especialista: El paciente deberá ser tratado por un médico especialista en el ámbito hospitalario para una de las patologías mencionadas.
  2. Decisión del especialista: Será este médico quien determine si el tratamiento con preparados de cannabis es adecuado para el paciente, generalmente cuando otras terapias han fracasado.
  3. Dispensación hospitalaria: Con la receta del especialista, el paciente o su tutor podrán recoger la fórmula magistral en la farmacia del propio hospital, donde recibirán instrucciones precisas sobre su dosificación y uso.

 

El debate sobre la mesa: Lo que la nueva ley no resuelve

Si bien la aprobación es un hito, desde la comunidad cannábica y las asociaciones de pacientes se señalan varias limitaciones importantes que dejan fuera a muchos usuarios terapéuticos actuales.

 

¿Y qué pasa con el autocultivo terapéutico?

Esta es una de las grandes preguntas, y la respuesta es clara: la nueva ley no menciona, no regula ni afecta en modo alguno al autocultivo. El Real Decreto se centra exclusivamente en la vía farmacéutica y hospitalaria. Por tanto, la situación legal del autocultivo para uso personal, sea terapéutico o no, permanece en la misma situación de alegalidad que hasta ahora, dependiendo de la interpretación judicial.

 

Limitaciones y críticas: un modelo demasiado restrictivo

El modelo español ha sido calificado como "excesivamente cauto" por algunos expertos y colectivos. Las principales críticas se centran en:

  • Acceso limitado: Dejar fuera a la atención primaria y a las farmacias comunitarias puede crear una barrera de acceso para pacientes en zonas rurales o con dificultades de movilidad.
  • Lista de patologías corta: Dolencias como la fibromialgia, la endometriosis, la ansiedad o el insomnio, para las que miles de personas usan cannabis terapéuticamente, no han sido incluidas en esta primera fase.
  • Exclusión de la flor: No permitir la dispensación de la flor de cannabis o preparados estandarizados más allá de las fórmulas magistrales limita las opciones de los facultativos y pacientes.

 

Preguntas frecuentes (FAQ) sobre el cannabis medicinal en España

  • ¿Me lo puede recetar mi médico de cabecera? No. La prescripción está reservada exclusivamente a médicos especialistas en el entorno hospitalario.
  • ¿Podré comprarlo en una farmacia normal? No. La dispensación se hará únicamente en las farmacias de los hospitales.
  • ¿Cubre el cannabis para la ansiedad o la depresión? No. En esta fase inicial, las patologías de salud mental como la ansiedad o la depresión no están incluidas.
  • ¿Afecta esta ley al uso recreativo o a los clubes sociales de cannabis? No. Esta ley es estrictamente para uso medicinal y no tiene ninguna implicación en la regulación del uso recreativo ni en la actividad de los CSC.

 

Un paso histórico con un largo camino por delante

La aprobación del cannabis medicinal en España es, sin duda, una victoria para los derechos de los pacientes y un reconocimiento científico que llega con décadas de retraso. Establece una vía legal y segura, aunque muy restringida, para que algunos de los pacientes más vulnerables puedan acceder a una terapia que les puede cambiar la vida.

Sin embargo, el modelo elegido deja claro que este es solo el primer capítulo. El verdadero reto será ampliar el acceso, incluir más patologías basadas en la evidencia y la experiencia clínica, y abordar de una vez por todas la situación del autocultivo y de los miles de usuarios que seguirán al margen de este sistema. Un paso histórico, sí, pero el camino no ha hecho más que empezar.

 

Fuente: Ministerio de Sanidad, Gobierno de España. (2025, 7 de octubre). Sanidad aprueba el real decreto que regula el uso del cannabis para fines medicinales. https://www.sanidad.gob.es/gabinete/notasPrensa.do?id=6761

 

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