Sentencia de la Suprema Corte de México y la Persecución de los Clubes

Soft Secrets
13 Jun 2016

En noviembre de 2015, dos eventos clave marcaron la diferencia en los enfoques legales hacia el consumo de cannabis en dos países con realidades jurídicas distintas: España y México.


El Cambio Legal en México: Sentencia de la Suprema Corte de Justicia

En México, la Suprema Corte de Justicia dictó una sentencia histórica que permitió el cultivo de marihuana para consumo recreativo, marcando un hito en la legislación sobre drogas en América Latina. Aunque previamente la posesión de pequeñas cantidades de marihuana no era un delito, cualquier forma de cultivo estaba penada. La sentencia de la Corte, que abarcó más de 100 páginas, argumentaba que prohibir el cultivo personal de cannabis vulneraba el derecho al libre desarrollo de la personalidad y afectaba la dignidad humana. La Corte consideró que el cultivo de cannabis no solo era un derecho, sino una necesidad para el desarrollo personal en el ámbito privado.

 

La Realidad en España: Persecución de los Clubes de Cannabis

Por otro lado, en España, la situación es muy diferente. A pesar de la creencia popular de que el cultivo de cannabis para autoconsumo es legal, la realidad es que cualquier cultivo de marihuana está penado por la ley. Según el artículo 8 de la Ley del Medicamento, se necesita una autorización de la Agencia Española del Medicamento (AEMPS) para cultivar cannabis. Por lo tanto, cualquier cultivo, aunque sea para consumo personal, puede ser incautado por la policía y el individuo detenido, con el riesgo de enfrentar un proceso judicial por delito contra la salud pública.

La Situación de los Clubes Sociales de Cannabis en España

En España, uno de los mecanismos más utilizados por los consumidores de cannabis es pertenecer a un club social de cannabis. Estos clubes operan en un marco de consumo compartido, donde los miembros cultivan marihuana colectivamente. Sin embargo, a pesar de que estos clubes buscan ofrecer un consumo más seguro y controlado, el Tribunal Supremo de España ha dictado varias sentencias condenatorias, argumentando que estos clubes ponen en peligro la salud pública. La sentencia más destacada se produjo en 2015, cuando el Tribunal Supremo condenó a varios miembros de un club social de cannabis, argumentando que el hecho de que los clubes distribuyan cannabis, incluso solo entre sus miembros, afecta a la salud pública.

 

Vulneración del Derecho al Libre Desarrollo de la Personalidad

Desde el Estudio Jurídico Brotsanbert, compartimos los argumentos presentados por la Suprema Corte de Justicia de México y creemos que la persecución de los clubes de cannabis en España es una vulneración de derechos fundamentales, particularmente el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Al igual que los escaladores que necesitan equipos para practicar su deporte, los consumidores de cannabis deben tener acceso a los medios más seguros y legítimos para su consumo. La prohibición de los clubes de cannabis impide a los usuarios acceder a la sustancia de una forma informada y controlada, lo que les obliga a recurrir al mercado negro, con todos los riesgos asociados.

 

El Test de Proporcionalidad: ¿Protección o Persecución?

El test de proporcionalidad es esencial para entender si las restricciones impuestas por la ley son realmente necesarias y eficaces. En la sentencia de México, la Corte concluyó que aunque la prohibición de cultivo de cannabis podría ser una medida idónea para evitar daños a la salud, no era necesaria, ya que existen otras medidas más efectivas, como la información, la educación y la reducción de riesgos. De hecho, los clubes de cannabis en España ya implementan programas de prevención de riesgos, ofrecen servicios de psicólogos y promueven el consumo responsable, mientras que el Estado no ha proporcionado ninguna estructura similar.

 

La Proporcionalidad y la Interferencia en los Derechos Fundamentales

La sentencia mexicana utiliza estudios científicos que demuestran que el consumo de cannabis no es un riesgo significativo para la salud en la mayoría de los casos. Además, su consumo tiene un índice de dependencia bajo(alrededor del 9%), y no está directamente relacionado con la comisión de delitos. A pesar de esto, el Tribunal Supremo Español ha interferido en el derecho al libre desarrollo de la personalidad al limitar el acceso a los clubes de cannabis, basándose en una percepción desproporcionada de los riesgos para la salud y la seguridad pública.

 

Conclusiones

El consumo de cannabis en España es una realidad para millones de personas, con un 17% de los jóvenes entre 15 y 34 años consumiéndolo, y un total de 4 millones de usuarios en todo el país. Por tanto, es crucial que España aborde este problema de manera más coherente, con un enfoque que respete los derechos fundamentales de los ciudadanos, promoviendo medidas basadas en la información, la reducción de riesgos y el respeto por la autonomía individual.

Conclusiones clave:

  1. El consumo de cannabis no representa un riesgo significativo para la salud y puede ser regulado de manera más eficaz con medidas alternativas, como en Portugal o los Países Bajos.
  2. El consumo de cannabis no impulsa el uso de otras drogas más peligrosas.
  3. No existe una relación directa entre el consumo de cannabis y el aumento de la criminalidad. Los factores sociológicos y criminológicos son más determinantes.

El Tribunal Constitucional y, si fuera necesario, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, serán los encargados de decidir si la legislación actual sobre cannabis en España está infringiendo derechos fundamentales. Es hora de que España se sume a un enfoque más informado y liberal sobre el consumo de cannabis, en lugar de seguir una política de persecución que no ha demostrado ser efectiva.

 

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