Chile da un paso para proteger el uso medicinal

Elizabeth Erhardt
17 Mar 2023

El pasado martes 14 de marzo, el senado de Chile aprobó la Ley Anti Narcos para que sea promulgada como ley. Este informe de la Comisión Mixta dispone el proyecto para fortalecer la persecución al narcotráfico, y se aprobó con 27 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones. Además, regula el cultivo de Cannabis con fines médicos bajo determinadas condiciones. En este artículo hablamos sobre la polémica de que la ley anti narcos regule el uso medicinal del Cannabis, y te contamos las condiciones y sanciones que establecería esta ley si se promulga.


El informe de la Comisión Mixta pretende, no sólo aumentar la persecución al narcotráfico, sino también perseguir al crimen organizado, regular los bienes incautados en delitos relacionados con las drogas, promover la reinserción social, apoyar los centros de rehabilitación para adicciones, e incluso regular el cultivo de Cannabis para tratamientos médicos. Desde la cuenta oficial de Twitter del Senado chileno publican “Aprobado. Sala del senado aprobó informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto que mejora la persecución del narcotráfico y el crimen organizado. La iniciativa pasa a la cámara de Dipùtadas y Diputados de Chile para que le comuniquen al Ejecutivo la aprobación del Congreso Nacional”.  

 

La regulación del Cannabis en la Ley Anti Narcos

En el contexto de la Ley Anti Narcos, se incorpora una modificación a la ley 20.000 que permitirá distinguir con mayor claridad el cultivo personal con fines médicos, actualmente despenalizado en Chile, mediante la presentación de la receta médica. “Esta modificación  evitará procedimientos policiales injustos donde pacientes son tratados como delincuentes”, sostienen desde Fundación Daya, una organización pionera en Chile en el uso medicinal del Cannabis, creadora del primer Centro Médico Cannábico de Latinoamérica.

El artículo 8vo de la ley 20.000 establece: “Se entenderá justificado el cultivo de especies vegetales del género Cannabis para la atención de un tratamiento médico, con la presentación de la receta extendida para ese efecto por un médico cirujano tratante, la que deberá indicar el diagnóstico de la enfermedad, su tratamiento y duración, además de la forma de administración del Cannabis, que no podrá ser mediante combustión”.

 

Condiciones y sanciones

Como requisito se pedirá una receta médica que debe indicar el diagnóstico de la enfermedad, el tratamiento que llevará a cabo, la duración del mismo, y la forma de administración, que no puede ser mediante combustión, es decir, fumar.

La normativa incluye sanciones para las personas que justifiquen su cultivo de Cannabis con recetas falsificadas. En ese caso se sanciona con la pena de presidio menor en su grado mínimo, que puede ser de 61 a 540 días. El proyecto también sanciona a las personas que abastezcan a menores de 18 años.

”Al fin se protege por ley a pacientes que cultivan sus plantas de Cannabis. Nunca más allanamientos injustos a personas inocentes que además cursan problemas de salud. Hoy se hace justicia”

Fundación Daya

Viento en contra

Ximena Ossandón, diputada de Renovación Nacional, un partido político chileno conservador liberal, sostiene que el proyecto no puede incluir la regulación del Cannabis. Dijo: “Quiero establecer la reserva de constitucionalidad por la infracción de lo impuesto en el inciso uno del artículo 69 de la Constitución Política, que dice relación con la infracción de las ideas matrices fundamentales de un proyecto, particularmente a lo relativo a la incorporación de un nuevo inciso segundo al artículo 8 de la Ley 20.000. Esto es del numeral 4 del artículo uno del proyecto”.

El Tribunal Constitucional deberá revisar la protesta de Ossandón, y emitir un fallo antes que se promulgue la Ley. Mientras tanto, la ley permanece en stand by.

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Elizabeth Erhardt