Régimen legal del cannabis en el mundo con especial mención al autocultivo (parte II)
En el artículo de esta edición, y como continuación del anterior artículo sobre la regulación del cannabis en el mundo, en donde se trataron sobre todo las regulaciones de distintos estados de EE.UU y de distintos países de sudamérica, vamos a tratar las regulaciones acaecidas o que están en marcha en el continente europeo. Todo ello haciendo una referencia especial al autocultivo principalmente en su vertiente terapéutica pero también recreativa, en contraste con la regulación en el estado español.
Regulación en Holanda
La regulación del cannabis en Holanda tiene puntos en común con la de EE.UU, pero también diferencias. En Holanda, desde que en 1976 se aprobara la Opium Law, se permite la venta en establecimientos habilitados al efecto (coffe shops). Actualmente se permite vender hasta un máximo de 5 gramos de cannabis a personas de más de 18 años, no pudiendo superar la cantidad de 500 gramos de acopio de cannabis por día en dicho establecimiento. [caption id="attachment_6926" align="alignnone" width="500"] Planta de autocultivo en el paisaje de Toledo. (foto: archivo de Soft Secrets)[/caption] En estos lugares, no puede haber publicidad con respecto al cannabis, ni se pueden vender otras drogas consideradas más duras, incluso tampoco el alcohol. Los ciudadanos también pueden plantar hasta 5 plantas en sus domicilios. Por lo que, al fin y al cabo, los usuarios terapéuticos también pueden hacerlo. La diferencia con EE.UU es que el Gobierno Holandés, gracias al dinero obtenido con los impuestos generados por estos establecimientos, implementó una política de información y reducción de riesgos y daños en materia de drogas que ha sido pionera a nivel mundial. De hecho, desde la “despenalización” del cannabis en Holanda y la implementación de estas políticas basadas en la salud, el número de muertes por consumo de heroína se redujo notablemente, e incluso la población consumidora de cannabis también se redujo. Holanda es considerando un país con una gran cultura cannábica, donde no se han generado problemas mayores de salud. Uno de los inconvenientes de la política holandesa es que su regulación solo permite la venta de ciertas cantidades en los lugares establecidos, pero el cultivo sigue siendo ilegal, sin perjuicio de las 5 plantas anteriormente comentadas. Esto es debido a que Holanda ha sufrido muchas presiones de EE.UU y la comunidad internacional en cuanto a su política despenalizadora. Así que decidió no salirse de los convenios internacionales antidroga y aplicar principio de oportunidad en materia penal, por el cual se establecen prioridades de actuación penal, es decir se sigue considerando prohibido, pero por haber otras infracciones más graves se deja de actuar en este ámbito concreto. En resumen, establecer una política despenalizadora en cuanto a drogas denominadas blandas, pero seguir contentando de algún modo a la comunidad internacional en su política prohibicionista. El problema de optar por esta solución es que el modelo es también deficitario. Así, en Holanda sigue existiendo una mafia de traficantes y narcotraficantes que mediante el cultivo ilegal proveen a estos coffee shops. Esto precisamente supuso la entrada en vigor el 1 de marzo del año 2.015 de la denominada Ley growshop, con un endurecimiento de las penas para los conocidos como cultivadores profesionales, en los que no solo se perseguía estos cultivadores, sino también a aquellos que tenían conocimiento de que los útiles vendidos podían ser utilizados en un cultivo profesional, siendo catalogado como cultivo profesional aquel que tenía más de 5 plantas. Otro de los aspectos de esa nueva legislación de marzo de 2.105 fue la limitación del porcentaje de THC que puede tener la marihuana a la venta en los coffee shops, señalando que ésta no podrá sobrepasar el 15% de THC. Si sobrepasa dicho porcentaje la sustancia tendrá la consideración legal de droga dura, con todo lo que ello supone. Pese a todo lo manifestado, Holanda sigue siendo sin duda el país que más pasos ha dado en lo que respecta a las políticas de drogas basadas en la protección de la salud. Sin perjuicio de que se eche en falta una regulación más clara, acorde con la autoproducción y con los consumos terapéuticos, donde 5 plantas pueden no responder a esas necesidades.Regulación en Portugal
En el año 2000, se aprobó la Ley 30/2000 de despenalización del consumo de drogas en Portugal. Esta ley acababa con las injustas penas de cárcel por posesión de drogas que se imponían en nuestro país vecino. Sin embargo, aunque no despenalizara el cultivo ni la venta de cannabis, creemos importante citarla por las medidas de fomento de la salud pública que implementa. Así, se disponen unas cantidades en la ley que serían las que determinan lo que un usuario puede consumir en 10 días, para a partir de ahí considerar la posesión de sustancia como delito. Sin embargo, si te detienen con menos de esa cantidad, el estado establece unos mecanismos de reducción de daños consistentes en una entrevista con un comité constituido por médicos, psicólogos y trabajadores sociales que van a examinar si eres un consumidor problemático o tienes problemas de abuso de sustancias, recomendándote en ese caso que libremente te sometas a un programa de deshabituación. Por otro lado, si simplemente eres un usuario responsable y no problemático no tendrás más problemas. Esto, unido a una campaña de información y de implementación de estrategias de reducción de riesgos, como el intercambio de jeringuillas, ha supuesto, varios años después de la entrada en vigor de la citada ley de despenalización del consumo, una disminución notablemente en el consumo de drogas y el número de contagios por VIH. El porcentaje de consumidores habituales de drogas ha caído del 14,1% al 10,6%. El porcentaje de consumidores de heroína ha caído del 2,5% al 1,8% y es conveniente destacar que el número de muertes relacionadas con el consumo de heroína ha caído a más de la mitad, mientras que el número de personas en tratamiento con metadona se ha duplicado, aparte que el dinero ahorrado en la lucha contra las drogas se ha podido destinar a subvencionar tratamientos de deshabituación. [caption id="attachment_6927" align="alignnone" width="500"] Autocultivo en Valencia (foto: Charly, archivo de Soft Secrets)[/caption] Supuesto esto, en otros aspectos de la política de drogas en cuestión, al no regular la dispensación de cannabis, ni el autocultivo, teniendo este que ser distribuido por las mafias, con las consecuencias negativas que ello conlleva y la no separación de los mercados de drogas, como hemos visto que si sucede en Uruguay. Sin embargo, parece que el Parlamento portugués ya está debatiendo la regulación del cultivo de cannabis, teniendo en cuenta que por las condiciones climáticas del país podría ser una vía de escape a los problemas económicos que padecen. Al parecer no entra en sus planes la regulación del autocultivo de cannabis, ni con fines terapéuticos, ni de otro tipo.Regulación en la República Checa
El cultivo de cannabis en la República Checa está regulado desde el año 1993 en donde se dictaron una serie de normas que regulaban la posesión y el cultivo de drogas. En ningún caso se reguló la venta de estas sustancias, por lo que la República Checa siguió respetando los Tratados Internacionales prohibicionistas y castigaba la venta de sustancias estupefacientes y la producción o el cultivo de las mismas, siempre que superaran determinadas cantidades. Pero no fue hasta el año 2010 cuando se reguló de una forma más transparente el cultivo y la posesión de cannabis, estableciendo un máximo de 15 gramos para no ser considerado delito. Aunque se establecieron unas sanciones administrativas leves para el caso de posesión de menos de 15 gramos y unas penas de prisión también leves para el caso de que sobrepasara esta posesión, lo cierto es que en la República Checa hay bastante permisión con la posesión de cannabis y no se suele ni multar ni iniciar procedimientos penales por la posesión de una cantidad mayor, sin acreditar un acto de venta. En este sentido, parece que la República Checa es bastante más tolerante con el usuario de cannabis. Al contrario que en España, donde aunque la jurisprudencia dice que podemos estar en posesión de entre 100 a 300 gramos, lo cierto es que al no haber regulación, existen numerosos procedimientos que luego acaban en sobreseimiento o absolución, pero en el que los usuarios sufren las denominadas penas de banquillo. Por no hablar de la represión que sufren los usuarios de cannabis en España en relación con las sanciones impuestas por la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana. Sin embargo, parece que las leyes en la República Checa están siguiendo ahora mismo más el camino del prohibicionismo, esa política de normalización y tolerancia que pretendía equiparar Praga a Ámsterdam no ha llegado a dar sus frutos. Aunque en ciudades grandes como Praga llegó a nacer algún establecimiento tipo coffee shop que suministraba cannabis bajo el mostrador del bar, fruto de estas políticas tolerantes con el cannabis, estos locales han tenido problemas y han sido objeto de intervenciones policiales. Algo parecido a lo que sucede en España con los Clubes Sociales de Cannabis, amparados por una jurisprudencia que basada en el consumo compartido toleraba sus actividades y no las consideraba delictivas. Para luego, más tarde, gracias al efecto de la circular de la Fiscalía General del Estado de 2013 y de las sentencias condenatorias del Tribunal Supremo, crear una atmosfera de intolerancia que no se refleja en lo sentido por la realidad social. En cuanto al cultivo de cannabis en la República Checa, el mismo se despenalizó a partir de la reforma del 2010 y no se considera delito siempre que el número de plantas sea como máximo cinco. Un número mayor sería considerado delito. Entendemos que la legislación de la República Checa está más adelantada que la española en cuanto a garantizar cuantas plantas se pueden poseer, dejando claro la diferencia entre la acción perseguida y la que no. Aunque en España no suele haber problemas a la hora de tener cinco plantas y se han conseguido absoluciones con muchas más, lo cierto es que muchas veces los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad piensan que aunque el consumo no tiene sanción penal, el cultivo sí. Esto es debido a que el art. 368 del Código Penal sanciona el cultivo. El problema es que no se lee la letra “pequeña” del precepto penal que habla de que el cultivo solo está penalmente sancionado siempre que favorezca el consumo ilícito de terceras personas. Con esto, lo que obtenemos es una inseguridad jurídica que lo que hace es generar detenciones y penas de banquillo a personas, incluso con un número menor de plantas, que luego son absueltas por cultivar una cantidad que no puede ser demostrado que favorezca el consumo lícito de terceras personas. No obstante, parece que en la República Checa también se cultiva de forma intensiva en interior y que hay bastante tráfico ilícito de cannabis. Para intentar evitar esto, en el año 2012 el Tribunal Supremo de la República Checa dictó una sentencia en donde prohibía a los growshops la venta de semillas y equipos para el cultivo por entender que inducía a la comisión de delitos contra la Salud Pública. En este sentido si podemos decir que en España no suele haber este problema y la venta de equipos para el cultivo en grow shops está tolerada y normalizada desde hace años. De hecho, como muchos sabéis hace unos quince años se intentó prohibir por parte del gobierno de Jose María Aznar la venta de equipos y materiales en estos establecimientos, pero el Fiscal del Tribunal Supremo, el Sr. Fernando Sequeros Sazatornil, realizó un informe sobre la venta de semillas y equipos en establecimientos growshops, donde concluía que la venta de los mismos no podía ser considerada delito porque no se podía condenar la inducción a algo que no era penalmente punible: el autoconsumo. Es decir, que si el autoconsumo no es sancionable penalmente, la venta de productos para cultivar para tu autoconsumo tampoco lo es. En definitiva, unas legislaciones son más garantistas en unos aspectos y más prohibicionistas en otros. Lo que nos hace ver que se necesita una regulación valiente que acabe con todos estos inconvenientes, proporcione seguridad jurídica a los cultivadores y respete los derechos fundamentales de los usuarios. En cuanto al cannabis medicinal en la República Checa, en 2013 se dictaron dos leyes en donde se permitía la compra y el consumo de cannabis para fines terapéuticos. Sin embargo, la regulación no ha seguido adelante y no se han creado puntos de venta oficiales de cannabis, aunque parece que los médicos si pueden recetar el mismo y con estas recetas en caso de intervención de un cultivo o una detención por posesión de cannabis será más fácil la defensa por parte del usuario médico. Así, estos tienen la posibilidad de importar cannabis medicinal de lugares en donde existan tiendas que provean el mismo y exporten. Sin embargo, parece que los usuarios terapéuticos cultivan su sustancia o adquieren la misma del mercado doméstico ilegal de la República Checa. Lo que sin duda puede perjudicar gravemente su salud, al cerrarles el acceso a un producto de características acordes con el tratamiento de su enfermedad. En conclusión, aunque las leyes relativas al cannabis medicinal entraron en vigor y contenían la posibilidad de locales de venta con licencia y pago de impuestos, estas licencias no han sido concedidas y los usuarios terapéuticos se encuentran en una situación de pocas garantías. Sin embargo, parece que cada vez hay más voluntad de una regulación más integral y garantista, quizá porque ya son muchos los países que se están atreviendo con la regulación, tanto del cannabis medicinal como del recreativo.Regulación del cannabis en Alemania
La situación que nos encontramos en Alemania es bastante peculiar, pues hay regulaciones diversas en todo el país, depende del Land (región) donde nos encontremos el proceso administrativo a iniciar podrá ser uno u otro, e incluso en los diferentes Lands tampoco hay una legislación clara y concisa al respecto. En relación con el autoconsumo, el mismo no está prohibido explícitamente, de modo que si eres consumidor y en una fiesta te pasan un porro que luego devuelves no se considera tenencia propia debido al escaso tiempo en que permanece en tu poder, por ello no hay margen para que te sea impuesta ninguna sanción. El problema empieza en el hipotético caso de que haya una intervención policial en el momento en el que se está consumiendo, ya que es poco probable que los agentes acepten la declaración de que la sustancia no sea de la persona que lo está consumiendo. En el caso del ejemplo anterior, o en el caso de que una persona lleve una pequeña cantidad para autoconsumo, será el fiscal quien decidirá si se procesa a la persona o simplemente se le impone una pequeña sanción. En la mayoría de los casos fiscalía no suele solicitar el inicio de un proceso penal, sino condenar directamente al pago de una suma pequeña a una organización social (normalmente una que preste ayuda a personas con drogodependencia). [caption id="attachment_6928" align="alignnone" width="500"] Es urgente la regulación del autocultivo en Europa (foto: H. Madera)[/caption] Otra de las peculiaridades de Alemania es que si se diferencia entre “drogas blandas” y “drogas duras” (aunque no la ley, sí en la jurisprudencia y en la actuación policial), decidiendo fiscalía si promover o no un proceso penal cuando se trate de una droga dura, aún que sea por una cantidad pequeña destinada al autoconsumo. En relación directa con esta última cuestión decir que hay una gran inseguridad jurídica, pues, pese a lo manifestado no existe una jurisprudencia firme en cuanto a que drogas son blandas o duras. Es decir, aunque todos consideran el cannabis una droga blanda, y la heroína y la cocaína como droga dura, puede pasar que en Bavaria decidan que el MDMA es una droga blanda y en Saxonia considerar que es una droga dura, llegado el caso son muchos los procesos en los que es el propio juez quien decide la clasificación de la droga. En cuando al uso terapéutico del cannabis en Alemania, el pasado mes de marzo entró en vigor una norma, según la que enfermos crónicos y terminales podrán consumir cannabis, por lo que bajo receta médica será financiado por el sistema público de salud alemán. Hasta ahora el uso terapéutico del cannabis estaba permitido con una autorización especial, pero eran los enfermos los que debían financiarse el tratamiento que podía llegar a suponer unos 1.800 euros mensuales. Esta nueva norma no permite el autocultivo, con la excusa de que podría ser de mala calidad, por el contrario está previsto el cultivo bajo supervisión de la administración, para lo que se ha creado una agencia estatal del cannabis.Regulación del cannabis en Grecia
El Gobierno griego aprobó el pasado 30 de junio por medio de un decreto ministerial la importación y comercio de productos farmacéuticos con base de cannabis, todo ello según publicó en el Boletín Oficial del Estado. Esta iniciativa, que el gobierno griego llevaba tramitando desde abril, ha supuesto la consolidación en Grecia de la nueva política internacional en cuanto al uso farmacéutico del cannabis, en una de las regiones de Europa donde más duro es el tratamiento legal de las drogas. La recién aprobada ley ha modificado la clasificación de la marihuana, pues se la consideraba legalmente como una droga dañina, similar a la heroína, el LSD y el MDMA. El cannabis ha pasado de la Tabla A, a la Tabla B, lo que significa que no se considera tan peligrosa como la heroína, pese a ello, aún permanece en el rango de drogas como la cocaína y el opio. Con esta modificación ya permite que los enfermos puedan utilizar derivados del cannabis en sus tratamientos médicos, pese a ello, aún quedan algunas dudas, pues el gobierno no ha señalado quiénes ni cómo tendrán las licencias para el cultivo, ni tampoco han aclarado cuáles serán los fármacos permitidos, ni de dónde serán importados. Pese a todo, lo importante es haberse sumado a esta nueva política internacional al respecto del uso de las drogas. A pesar de esto, el país heleno, como en la mayoría de los países de la zona de los Balcanes, continúa teniendo una legislación muy dura, la más dura de todos los países miembros de la Unión Europea, respecto del uso recreativo de cualquier tipo de droga, incluido el cannabis. Héctor Brotons Albert (abogado y asesor jurídico de la Federación de Asociaciones Cannábicas) y Francisco Azorín Ortega (abogado), titular e integrante respectivamente del Estudio Jurídico BROTSANBERT.
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Soft Secrets