Esther Sánchez expone la propuesta de regulación del autocultivo del OECCC

Soft Secrets
27 Apr 2018
El pasado sábado 21 de abril se celebró en Castellón el primer encuentro estatal de Podemos para debatir sobre la situación de la marihuana en España. Bajo el título 'El reto de legalizar el cannabis', decenas de activistas, científicos, abogados, políticos y otros expertos se reunieron para tratar las posibilidades reales de regulación. Las principales plataformas pro-regulación estuvieron presentes en el evento. ;uy a destacar el papel del OECCC, que con Esther Sánchez como representante, expuso la interesante propuesta del Observatorio para la regulación integral y multilateral del cannabis en España. Fue durante la primera charla de la jornada de tarde, celebrada en el centro cultural La Bohemia. En la mesa de debate, titulada ''Pasado, presente y futuro del cannabis, modelo de regulación, movimientos sociales, modelos de autocultivo y procesamiento'' participaron las principales plataformas pro-regulación del cannabis. Entre los ponentes cabe destacar la participación de la abogada Esther Sánchez,  miembro del Observatorio Europeo del Cultivo y Consumo de Cannabis (OECCC), que explicó la propuesta de este observatorio para impulsar una ''regulación integral y multilateral'' del cannabis en España. Esther comenzó su aportación explicando la propuesta de regularización de los autocultivos, uno de los puntos más importantes de la propuesta de regulación del OECCC, una plataforma que nació con la intención de dar voz a los cultivadores. ''en el caso de las personas que decidieran cultivar cannabis, hemos establecido un límite máximo de 3.650 gramos de cómputo anual''. Según explicó la abogada, estos números los han obtenido teniendo en cuenta ''tanto la realidad social, tras realizar estudios exploratorios a cultivadores, y tras estudiar las numerosísimas sentencias que tenemos en el despacho en defensa de estos casos, como la realidad legal y científica de la planta que viene a determinar estos parámetros''. Este máximo equivaldría a un consumo diario de 10 gramos. La representante del OECCC explicó también que estos 10 gramos son un ''consumo medio'', basado en las sentencias del Tribunal Supremo, que sitúa el consumo máximo diario para una persona en 20 gramos. Esther contó durante la ponencia que esta propuesta se habló con autocultivadores de todos los ámbitos, concluyendo que ''la mayoría tiene estas pautas de consumo''. La abogada explicó también por qué desde el OECCC creen que es mejor establecer un límite de cultivo por gramos y no por número de plantas, método escogido por otras plataformas como el GEPCA, que propone establecer un límite de seis plantas por año; ''establecer un límite por gramos conlleva una seguridad jurídica, del mismo modo que respeta la igualdad entre los cultivadores. Hay que tener en cuenta que no todos cuentan con un habitáculo idóneo para poder desarrollar el cultivo y además no todos tienen la misma pericia''. Esther ha querido subrayar que desde la plataforma creen más adecuado ''establecer el límite por gramos y no por número de plantas'', puesto que ''ninguna planta es igual a otra, por lo que dar el límite en gramos es mucho más concreto y seguro''. Para asegurar tanto al estado como al cultivador de que se están cumpliendo con esas pautas, Esther explicó que se podrían realizar pruebas periciales por ambas partes para determinar si se está cumpliendo con lo establecido, para de esta manera crear un método justo para controlar los autocultivos ante posibles plantaciones fraudulentas. La abogada incidió también en aquellos consumidores ''especiales''. Es decir, los que consumen cannabis en forma de extracciones como hachís o aceites, y que por lo tanto necesitan manejar grandes cantidades de cogollos para poder obtener estas sustancias. Para ellos, comentó, querrían hacer ''ciertas matizaciones''. ''Creemos que es necesario que los consumidores de aceite y hachís estén en un mismo grupo, puesto que no hay datos fijos acerca de cuál sería el rendimiento que se podría tener para la elaboración de aceite y porque también ello conllevaría unos cultivos de grandes dimensiones. Para estos supuestos, las cantidades que se podrían cultivar tendrían un límite de 9.120 gramos''. Esther explicó que trabajando estas cantidades se seguiría estando dentro de una seguridad jurídica, puesto que ''el Código Penal establece penas superiores cuando se superan los 10 kilogramos de peso''. La representante del OECCC también quiso aclarar que en el caso de los cultivos de interior, sería necesario que autorizaran un espacio de unos 3 metros cuadrados, lo que daría una producción anual aproximada menor a los 3.650 gramos establecidos por la plataforma. ''Para este tipo de cultivadores de interior entendemos también que sería necesario poder establecer otros dos habitáculos de 1 metro cuadrado cada uno para poder mantener la conservación de la genética, uno para la conservación de madres y otro para elaboración de esquejes''. Modificaciones legales comunes a ambos cultivos Uno de los momentos de la ponencia de Esther Sánchez más interesantes fue cuando explicó de qué forma podrían aplicarse estas modificaciones en la actual ley; ''Lo procedente sería que aprobaran una Ley Orgánica que lo regulara, y que evitaría que tuviera que cambiarse el Código Penal y que España tuviera que salirse o hacer ciertas reservas a los convenios internacionales que forman parte de nuestro derecho interno en la materia''. La abogada quiso recordar que ''el cultivo para autoconsumo no está sancionado en el código penal, y la jurisprudencia así lo determina''.  
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